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Orden del 18 de febrero de 2010 publicada en el DOGA de 1 de marzo de 2010. Beneficiarios: los comerciantes detallista cuya actividad esté incluida dentro de los epígrafes del IAE detallados en el anexo III de la orden, así como su cónyuge que reúnan los siguientes requisitos: - Ser comerciante autónomo y ejercer como tal de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años.
- Tener los correspondientes permisos y licencias municipales.
- Tener entre 60 y 64 años en el momento de la solicitud.
- Comprometerse a abandonar y ceder a un tercero la actividad o bien presentar un certificado expedido por un agente de la propiedad inmobiliaria (API).
- Que el resto de rendimientos de la unidad familiar no supere los 15.000€ en el último ejercicio.
Los cesionarios del establecimiento deben ser personas físicas menores de 45 años a 1 de enero de 2010, o bien personas jurídicas en cuyo caso el gerente o administrador será también menor de 45 años. Importe de la subvención: la subvención será de un pago anual de 10.000€ hasta cumplir los 65 años. Plazo de presentación de la solicitud: DESDE EL 2 DE MARZO DE 2010 HASTA EL 5 DE ABRIL DE 2010, ambos incluidos. Para más información: http://www.xunta.es/dog/Dog2010.nsf/0e5fb445f3681a75c1257251004b10d7/260303551acbc37ac12576d600720cb0/$FILE/04000D003P018.PDF o en el Teléfono 981 545 915
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