El 1 de Enero de 2011 entró en vigor el Real Decreto 1363/2010 de 29 de Octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
En el Artículo 3 del mencionado texto legal, se recoge la obligatoriedad para determinadas personas y entidades, de la recepción por medios electrónicos de las comunicaciones y notificaciones que efectúe la AEAT en sus actuaciones y procedimientos tributarios.
En Galicia el tejido empresarial se caracteriza por estar mayoritariamente formado por microempresas, muchas de carácter familiar, por ello en la mayoría de los casos deben contratar los servicios de asesorías y gestorías para realizar tareas administrativas, contables o laborales. Esto supone un incremento de los costes en un momento muy delicado debido a la situación económica actual.
La Federación de Autónomos de Galicia en respuesta a las peticiones de socios y Asociaciones que la integran, ha llevado a cabo distintas acciones para que la Administración proceda a revisar dicho Real Decreto. Entre ellas ha traslado a los Departamentos competentes en la materia, la petición de que se exima de la obligación de recibir comunicaciones y notificaciones tributarias por vía electrónica a las microempresas, así como a pequeñas empresas de carácter familiar. Asimismo es conveniente proceder a una nueva definición de las personas y entidades obligadas, en función de la capacidad y tamaño de las empresas a poder asumir, sin costes adicionales, las notificaciones y comunicaciones tributarias exclusivamente vía electrónica y no exclusivamente en función de su naturaleza jurídica.
Actualmente la petición mencionada está siendo objeto de estudio y debate entre los distintos grupos políticos a nivel estatal y autonómico. En cuanto haya alguna modificación al respecto será publicada para el conocimiento por todos los afectados.
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