Usuario - - Acceso de usuarios
Martes - 19.Marzo.2024

FEAGA
Actividades
BOLETÍN INFORMATIVO FEAGA
CONVENIOS
Noticias sobre los Autónomos
Axudas Axudas
Legislación que afecta a Los Autónomos
Noticias de Prensa
                          leis Para o Autónomo
Enlaces de Interés
Obxectivos
Ofertas para Asociados Autónomos
Emprego
Ofertas de Cursos
Servicios para autonomos en Galicia
GALERIA
PREVENCIÓN DE RISCOS LABORAIS
FERIA DE MUESTRAS DE LUGO 2018
FEDERACION GALEGA DE COMERCIO
PROPUESTAS FEAGA 2015
LA HORA DEL AUTÓNOMO
PÁGINA 13. LA HORA DEL AUTÓNOMO
LIBER ESTUDIO JURÍDICO
XXVI FERIA DE MUESTRAS Y AUTÓNOMOS DE A CORUÑA
PORTAL DO COMERCIANTE GALEGO
SÍGUENOS EN FACEBOOK
Estás en: Noticias > Axudas

ultima hora 650x130

SUBVENCIONES EMPLEO AUTÓNOMO 2019

ver las estadisticas del contenido enviar a un amigo

 1-Programa Ipromoción del empleo autónomo (procedimiento TR341D).

 

 

Es una ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.  
Se subvencionarán las altas en la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional que, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en ella, se formalicen desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019, ambos inclusive.
 
Cuantías:

  1. 2.000 € para personas desempleadas en general.
  2. 4.000 € para el caso de personas desempleadas que se encuentren en alguno de los siguientes colectivos, que no serán acumulables:

– Personas menores de 30 años.
– Personas desempleadas de larga duración
– Personas desempleadas con discapacidad.
– Personas desempleadas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social.
 La cuantía base correspondiente se incrementará en un 25 % en los siguientes casos:
 
Si la persona incorporada es una mujer.
En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de éste) de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural.
Personas mayores de 45 años.
Si la persona incorporada es un emigrante retornado.
Personas transgénero.
 
Estos cinco incrementos son acumulables y de este modo la cuantía máxima posible,de aplicarse todos los incrementos, sería de 9.000 €
 
2-Programa II: programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas (procedimiento TR349F)
 Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas realizada por personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia.
 
-Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden, las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad.
 
-Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres primeros años de actividad.
 
Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con las siguientes ayudas:
 
*Primera persona trabajadora indefinida. La ayuda consistirá en una cuantía de 3.000 euros cuando se trate de una persona desempleada.
Esta ayuda será de 5.000 euros cuando la persona desempleada se encuentre en alguno de los siguientes colectivos, no acumulables:
 
• Personas desempleadas de larga duración.
• Personas con discapacidad.
• Personas en situación o riesgo de exclusión social.
 
*Segunda y tercera persona trabajadora indefinida. La ayuda consistirá en una cuantía de 5.000 euros cuando se trate de una persona desempleada. Esta ayuda será de 7.000 euros cuando la persona desempleada se encuentre en alguno de los siguientes colectivos, no acumulables:
 
• Personas desempleadas de larga duración.
• Personas con discapacidad.
• Personas en situación o riesgo de exclusión social.
 
Estas cuantías resultantes se incrementarán en un 25 % en los siguientes casos, que son acumulables entre sí: a) Si la persona incorporada es una mujer. b) En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de éste) de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural. c) Personas mayores de 45 años. d) Si la persona incorporada es un emigrante retornado. e) Personas trans.
 De este modo las cuantías máximas posibles, de aplicarse todos los incrementos, serían:

 

– Para la primera persona trabajadora indefinida: 11.250 €.
– Para la segunda y tercera persona trabajadora indefinida: 15.750 €.

 

Para ampliar información Pueden leer mas detalles en el DOG,
https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR341D
Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º - Centro comercial de Elviña  15008  Coruña, A  Teléfono: 881881582
Email: axudasautonomos.traballo@xunta.gal
https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR341D

 


Compártelo:
meneame digg delicious technorati google bookmarks yahoo blinklist twitter Facebook
30/01/2019 ir arriba

Novedades
NOTA DE PRENSA DE LA FEDERACIÓN DE AUTÓNOMOS DE GALICIA
SOLICITUD DE APOYO
Información Programa Bono energía pyme
NOTA DE PRENSA DE LA FEDERACIÓN DE AUTÓNOMOS DE GALICIA.
NOTA DE PRENSA DE LA FEDERACIÓN DE AUTÓNOMOS DE GALICIA
Lo + visto
PROGRAMA DE PROMOCIÓN DO EMPREGO AUTÓNOMO Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL INDEFINIDO
FERIA DE MUESTRAS DE A CORUÑA- FEMAGA 2013
Modelos Reclamación contra Compañías Eléctricas
Creado con
GestionMax
CENTRO DEMOSTRADOR TIC DE GALICIA   novidades   contacto   política privacidad   Protección de datos   buscador   ayuda   mapa web   
Federación de Autónomos de Galicia - CIF. V-15.440.639 | Avenida Fisterra, 27, 1º, Dcha. 15142 – ARTEIXO (A CORUÑA) - Tlf.:881 250 312 - 646 840 607
Produce i latina software, s.l. - iLatina