Usuario - - Acceso de usuarios
Martes - 19.Marzo.2024

FEAGA
Federación de Autónomos de Galicia FEAGA Quen Somos
Donde esta la Federación de Autónomos de Galicia A Nosas Sedes
Asociaciones de Autónomos Asociaciones
Artículos del Presidente Artículos
Contacto con la Federación de Autónomos de Galicia Contacto
fondos feaga Fondos Públicos
Actividades
BOLETÍN INFORMATIVO FEAGA
CONVENIOS
Noticias sobre los Autónomos
                          leis Para o Autónomo
Enlaces de Interés
Obxectivos
Ofertas para Asociados Autónomos
Emprego
Ofertas de Cursos
Servicios para autonomos en Galicia
GALERIA
PREVENCIÓN DE RISCOS LABORAIS
FERIA DE MUESTRAS DE LUGO 2018
FEDERACION GALEGA DE COMERCIO
PROPUESTAS FEAGA 2015
LA HORA DEL AUTÓNOMO
PÁGINA 13. LA HORA DEL AUTÓNOMO
LIBER ESTUDIO JURÍDICO
XXVI FERIA DE MUESTRAS Y AUTÓNOMOS DE A CORUÑA
PORTAL DO COMERCIANTE GALEGO
SÍGUENOS EN FACEBOOK
Estás en: FEAGA

ultima hora 650x130

PROGRAMA DE PROMOCIÓN DO EMPREGO AUTÓNOMO Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL INDEFINIDO

enviar a un amigo

 

Adjuntamos información sobre dos programas de ayuda de la Xunta de Galicia, para promoción do emprego autónomo y para la contratación de personal indefinido.

 

·        Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas (TR349F). Orden de 7 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa I, de ayudas a la promoción de empleo autónomo, cofinanciado parcialmente con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y el Programa II, de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas, y se convocan para el año 2017 (DOG Nº  50, de 13 de marzo).

 


 

 

 

Finalidad/ Objetivo:

Incentivar la contratación indefinida inicial de personas desempleadas realizada por las personas trabajadoras autónomas o personas  profesionales  con  domicilio  social  y  fiscal  en  Galicia.  Las contrataciones por las que se solicita subvención deberán formalizarse y comunicarse a la oficina pública de empleo en la forma reglamentariamente establecida, y tener fecha de inicio comprendida entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017 ambasinclusive.

 

Personas beneficiarias:

1.        Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad.

2.        Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres primeros años deactividad.

 

Cuantías: Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de:

·       Primera persona trabajadora indefinida:

5.000 € cuando se trate de un hombre desempleado.

·       Segunda y tercera persona trabajadora indefinida:

6.000 € cuando se trate de un hombre desempleado.

Estas cuantías se incrementarán en un 25% en los siguientes casos:

a.       Si la persona incorporada es una mujer.

b.       Si la persona incorporada tiene discapacidad o si se encuentra en situación o riesgo de exclusión social.

c.       Si la persona incorporada pertenece a una unidad familiar en la que todos sus miembros están desempleados.

d.       En el caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural.

De este modo las cuantías máximas posibles, de aplicarse todos los incrementos, serían:

·         Para la primera persona trabajadora indefinida 10.000 

·         Para la segunda y tercera persona trabajadora indefinida 12.000€

 

Plazo de Solicitudes

Las solicitudes de ayudas por las contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2016 y la fecha de publicación de esta orden (13/03/2017), deberán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta orden (13/05/2017).

 

Las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida por la que se solicita subvención.

 

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el 30 de septiembre de 2017, aunque en esa fecha no transcurriera el plazo señalado en el párrafo anterior.

 

Plazo de solicitudes

El plazo general para la presentación de solicitudes de ayudas del programa para la promoción del empleo autónomo  finalizará el 30 de septiembre de 2017.

 Fuente: Consellería de Economía, Emprego e Industria (ver orden del 7 de febrero de 2017)

 

 

 

 

Compártelo:
meneame digg delicious technorati google bookmarks yahoo blinklist twitter Facebook
ir arriba

Novedades
NOTA DE PRENSA DE LA FEDERACIÓN DE AUTÓNOMOS DE GALICIA
SOLICITUD DE APOYO
Información Programa Bono energía pyme
NOTA DE PRENSA DE LA FEDERACIÓN DE AUTÓNOMOS DE GALICIA.
NOTA DE PRENSA DE LA FEDERACIÓN DE AUTÓNOMOS DE GALICIA
Lo + visto
PROGRAMA DE PROMOCIÓN DO EMPREGO AUTÓNOMO Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL INDEFINIDO
FERIA DE MUESTRAS DE A CORUÑA- FEMAGA 2013
Modelos Reclamación contra Compañías Eléctricas
Creado con
GestionMax
CENTRO DEMOSTRADOR TIC DE GALICIA   novidades   contacto   política privacidad   Protección de datos   buscador   ayuda   mapa web   
Federación de Autónomos de Galicia - CIF. V-15.440.639 | Avenida Fisterra, 27, 1º, Dcha. 15142 – ARTEIXO (A CORUÑA) - Tlf.:881 250 312 - 646 840 607
Produce i latina software, s.l. - iLatina