El contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, nacido con la última reforma laboral, no tiene tanto de indefinido como indica su título (aunque contempla la posibilidad de prórrogas después del primer año). De hecho, la característica que más atrae a los empresarios a la hora de optar por él muestra que lo que realmente los seduce es ese periodo de prueba de 12 meses de duración, durante el cual se puede despedir sin indemnización.
Así, según los datos del Ministerio de Empleo, hasta agosto de este año de promedio el 82% de los contratos de este tipo que se firmaron en España se hicieron bajo renuncia de las bonificaciones fiscales que ofrece y que vetan el acceso a ese periodo tan prolongado de despido libre.
En efecto, esta nueva forma contractual, que ya lleva en vigor más de un año y que está a punto de extenderse a la modalidad del tiempo parcial, ofrece bonificaciones fiscales para las empresas de menos de 50 trabajadores que incorporen a a su plantilla a un menor de 30 años y/o a una persona que esté cobrando la prestación contributiva por desempleo.
En otras palabras, busca que los emprendedores acudan a pescar recursos humanos a los dos mayores caladeros que muestra el mercado laboral español: jóvenes y parados, sin dejar tampoco de lado a los que llevan largo tiempo en esa situación y tienen más de 45 años.
Ahora bien, en ambos casos, Empleo exige que la permanencia en la empresa de esas personas sea, como mínimo, de tres años para que las bonificaciones fiscales (las cuales pueden superar los 7.000 euros) se hagan efectivas; si no fuera así, habría que devolverlas.Pero la perspectiva de perder el derecho al año de posible despido sin indemnización los convence a la hora de renunciar a los beneficios fiscales.
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Fuente: El Economista.es
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