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Los becarios podrán cotizar

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Las empresas que remuneren económicamente a los becarios deberán cotizar por ellos en la Seguridad Social.

EFE – MADRID Las empresas, fundaciones u organismos públicos que contraten a becarios para hacer prácticas formativas que conlleven una contraprestación económica deberán cotizar por ellos a partir del 1 de noviembre, según el real decreto que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros.

Según fuentes de la Seguridad Social, a partir de esa fecha 30.000 personas se verán beneficiadas por la medida.

La norma además establece que los becarios que hayan hecho esas prácticas remuneradas antes de la entrada en vigor del real decreto tendrán la posibilidad de firmar un convenio especial con la Seguridad Social para poder rescatarlas por un período máximo de dos años.

La previsión que maneja en este caso la Seguridad Social es que entre 100.000 y 200.000 personas paguen para que esos dos años se les tenga en cuenta en su carrera de cotización para cobrar una pensión.

Las empresas, fundaciones u organismos que empleen a becarios y les paguen por ello tendrán que cotizar unos 40 euros al mes por trabajador (de los que unos 2 euros se le descontarán al perceptor del salario).

La inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de esas personas que participen en programas de formación vinculados a estudios universitarios o de formación profesional supondrá una asimilación a los trabajadores por cuenta ajena.

La afiliación durará desde que se inicie esa actividad económica hasta que finalice, y se cotizará por contingencias comunes y profesionales, así como por formación profesional.

Por lo que las empresas no cotizarán es por contingencia por desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

Por su parte, los trabajadores que quieran rescatar sus períodos de beca por un máximo de dos años deberán pagar a la Seguridad Social por ello (unos 75 euros al mes) y lo podrán hacer de una vez o de forma diferida en una plazo máximo de cuatro años. Para ello deberán obtener un certificado de la empresa que les contrató.

El límite para firmar los convenios especiales con la Seguridad Social finaliza el 31 de diciembre de 2012.

Un día después entra en vigor la reforma de la Seguridad Social aprobada el pasado 21 de julio, que eleva progresivamente (hasta 2027) la edad de jubilación de 65 a 67 años y aumenta de 15 a 25 años el periodo de cálculo de la pensión.

FUENTE: LA OPINIÓN A CORUÑA

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22/10/2011 ir arriba

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