CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE COMERCIO
LA OBLIGACIÓN DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL
Dado que la Inspección de Trabajo está siendo especialmente activa durante el año 2015 en lo que se refiere al control de jornada laboral y en especial en relación a los trabajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial, les damos traslado de un resumen de los cambios normativos en materia de contrato a tiempo parcial que se recogen por el Real Decreto Ley 16/2013 publicado en diciembre de 2013 y que modifica algunos preceptos del Texto refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores.
Entre los cambios normativos en relación a la jornada de los trabajadores con contrato a tiempo parcial destacamos:
Una nueva regulación de las horas complementarias, que podrán realizarse tanto en contratos temporales como indefinidos.
La existencia de una nueva categoría de "horas complementarias voluntarias" exclusivamente para trabajadores indefinidos no sujetas a la existencia de pacto previo y de prestación voluntaria para el trabajador en todo caso.
La obligación de la empresa de un registro día a día de la jornada del tiempo parcial y la entrega mensual de un resumen de dicho registro.
El Gobierno no ha procedido a desarrollo reglamentario en lo relativo a modelo del registro de jornada diaria ni al resumen mensual que hubiese podido clarificar las dudas legales que puede generar la nueva obligación establecida, aunque sin perjuicio de ello existe y está vigente y la Inspección de Trabajo está controlando su cumplimiento.
Para más información ver documento adjunto: feaga.org/uploads/Infome sobre el registro de jornada a tiempo parcial.pdf
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